Fenaco informa a sus asociados sobre estas nuevas ayudas para autónomos
La Federación Nazarena de Comerciantes, Fenaco, ha informado a sus socios sobre las ayudas destinadas a autónomos publicadas por la Junta de Andalucía.
Concretamente, Fenaco hace referencia a las ‘Medidas de apoyo al sostenimiento de la actividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas afectadas por la situación ocasionada por el COVID-19’.
La entidad explica que, aunque aún no se ha publicado el plazo de la convocatoria para solicitar estas ayudas para autónomos, las personas interesadas pueden ver si cumplen los requisitos e ir preparando la documentación que se les va a solicitar. Así mismo, es imprescindible que los solicitantes dispongan de certificado digital ya que la solicitud sólo se podrá tramitar online.
Objetivo de las ayudas para autónomos
El objetivo de estas ayudas para autónomos, según se recoge en el decreto ley aprobado por la Junta, es favorecer el sostenimiento de la actividad económica de las mismas, así como atenuar la pérdida de ingresos de aquéllas que desarrollan su actividad económica en alguna de las comprendidas en establecimiento de bebidas u otras actividades recreativas y de entretenimiento.
En este sentido, se convocan dos líneas de subvenciones la primera para el sostenimiento de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas afectadas por la situación ocasionada por el COVID-19 en general y, una segunda línea, para el sostenimiento de la actividad económica y atenuación de pérdidas de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas afectadas por la situación ocasionada por el COVID-19, que desarrollan su actividad económica en las referenciadas con anterioridad.
Requisitos
Los solicitantes de estas ayudas para autónomos deberán contar con domicilio fiscal en Andalucía y estar dados de alta en RETA en la fecha de la entrada en vigor del estado de alarma debido al COVID-19.
La documentación requerida para solicitar estas ayudas para autónomos es: declaración responsable acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria, domicilio fiscal, informe de vida laboral, declaración del IRPF de 2019 o certificado de no haberla presentado si fuera el caso y el DNI o NIE de la persona trabajadora autónoma o su representante.
El presupuesto aprobado para la línea 1 es de 7.000.000 de euros y para la línea 2 de 2.000.000. La cuantía de las subvenciones alcanzarán los 900 euros para la línea 1 y los 1.200 euros para la 2.