La campaña de la Renta 2020 comienza mañana

0
Renta 2020

La campaña de la Renta 2020 estará marcada por las consecuencias laborales del COVID-19

La campaña de la Renta 2020 comenzará mañana miércoles día 7 de abril. A partir de mañana, los ciudadanos podrán realizar su declaración de la renta a través de la página web de la Agencia Tributaria.

La campaña de la Renta 2020 se inicia de forma telemática. Desde el día 7 de abril se podrá realizar la declaración por vía electrónica contando con número de refencia, Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNIe.

La campaña de la Renta 2020 también se podrá realizar mediante asistencia telefónica, a través del denominado Plan le Llamamos desde el día 6 de mayo. Para ello será necesario solicitar cita previa, algo que se podrá hacer a partir del día 4 de mayo.

Por último, la Agencia Tributaria también ofrece la opción de realizar la campaña de la Renta 2020 de forma presencial. Para la elaboración de la declaración mediante este procedimiento los interesados deberán solicitar cita previa a partir del día 27 de mayo.

Las citas presenciales en la soficinas de la Agencia Tributaria se ofrecerán a partir del día 2 de junio.

ERTEs

La campaña de la Renta 2020 estará marcada fundamentalmente por las consecuencias del COVID-19. En este sentido, muchas de las personas que se han visto inmersos en Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) debido al coronavirus estarán obligadas a presentar su declaración de la renta.

Y es que la prestación por desempleo percibida por los trabajadores durante el ERTE se califica como rendimiento del trabajo y no está exenta de tributación por el IRPF. En este sentido, el contribuyente que ha estado en ERTE y ha percibido estas prestaciones ha pasado a tener dos pagadores: su empresa y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La consecuencia de tener dos pagadores es la disminución del límite a partir del cual se está obligado a declarar que pasa de los 22.000 euros anuales a los 14.000, si del segundo pagador se han cobrado más de 1.500 euros.

Además, con carácter general el SEPE no ha practicado retención alguna a cuenta del IRPF por las prestaciones abonadas, lo cual puede derivar en una autoliquidación con resultado a ingresar.

Ingreso Mínimo Vital

Otra de las consecuencias de la pandemia en la campaña de la Renta 2020 será para las personas que hayan percibido el denominado Ingreso Mínimo Vital. Tal y como indica la Agencia Tributaria en su página web, todos los contribuyentes que hayan percibido el Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la declaración, aunque dichas percepciones pudieran estar exentas.

Autónomos

La campaña de la Renta 2020 también tendrá un capítulo especial para los autónomos que se hayan acogido a determinadas ayudas y subvenciones ofrecidas por la pandemia.

Los trabajadores por cuenta propia que se hayan acogido a la llamada prestación extraordinaria por cese de actividad deberán incorporarla en su autoliquidación como rendimiento del trabajo y, al considerarse como tal, podrán deducirse, en concepto de otros gastos y con carácter general 2.000 euros.

En el caso de los autónomos a los que se les haya exonerado o devuelto la cuota de autónomos, deberán tener especial cuidado en no incluir estas cuotas como gasto deducible del ejercicio.

Por último, las subvenciones y otras ayudas que hayan percibido los autónomos de las diferentes comunidades autónomas tributan como rendimientos de actividades económicas, siempre y cuando la normativa que las haya aprobado no haya establecido un régimen distinto.

Para más información sobre la campaña de la Renta 2020 los interesados pueden acceder a la página web de la Agencia Tributaria.