La caza de conejos, autorizada en Dos Hermanas por superpoblación

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caza de conejos

La Junta ha autorizado la caza de conejos silvestres en el término municipal

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha publicado en el BOJA (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía) la autorización de caza de conejos silvestres en Dos Hermanas.

La superpoblación y los daños que producen ha llevado a la Junta a actuar para autorizar su caza en varios términos municipales de las provincias de Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla mediante el uso de hurón, armas de fuego, con perros y aves de cetrería.

Esta medida se llevará a cabo para contrarrestar la superpoblación de conejos, que provocan desperfectos cuantiosos en los campos de cultivo. La resolución estará vigente hasta que termine la temporada cinegética 2019/2020, aunque podría suspenderse antes.

Plazos con armas, hurones, aves de cetrería y número de perros por cazador

La Junta autoriza la captura en vivo con hurón y redes mediante capturadero durante toda la temporada de caza 2019/2020 que se inicia el 11 de agosto y se prolonga hasta el 24 de noviembre con carácter general y tras la autorización de la Junta se amplía hasta el 26 de abril.

En el caso de la caza con armas de fuego, el periodo hábil se amplía desde el 24 de noviembre hasta el 26 de abril, los jueves, sábados y domingos. Podrá haber un máximo de cinco cazadores por cada 250 hectáreas en cada jornada y dos más por cada 100 hectáreas de aumento.

Para la caza con perros, el periodo va desde el 24 de noviembre al 9 de febrero. Cada cazador podrá ir acompañado por un máximo de tres perros. Se permitirá el uso de aves de cetrería del 24 de noviembre al 26 de abril, siendo hábiles los jueves, sábados y domingos.

Estos son los municipios incluidos

La principal novedad de la Resolución para esta temporada es que se reducen el número de municipios y provincias en las que se declaran daños por conejos, favoreciendo así que se reduzca la presión cinegética en determinadas zonas para favorecer la conservación de la especie y manteniéndolas en aquellas donde los daños a la agricultura son abundantes.

En concreto, la delimitación geográfica de las zonas donde se autorizan estas medidas excepcionales en Sevilla es la siguiente: Aguadulce, Alcalá de Guadaira, Arahal, Badolatosa, Las Cabezas, Cañada del Rosal, Carmona, Casariche, Los Corrales, El Cuervo, Dos Hermanas, Écija, Estepa, Fuentes de Andalucía, Gilena, Herrera, Lantejuela, Lebrija, Lora de Estepa, La Luisiana, Mairena del Alcor, Marchena, Marinaleda, Martín de la Jara, Los Molares, Morón de la Frontera, Osuna, Los Palacios y Villafranca, Paradas, Pedrera, La Puebla de Cazalla, La Rinconada, La Roda de Andalucía, El Rubio, El Saucejo, Utrera, Villanueva de San Juan y El Viso del Alcor.

Por otro lado, quedan suspendidas la suelta y repoblación de conejos silvestres, incluidos y autorizados en los planes técnicos de caza en vigor en los terrenos cinegéticos de los términos a los que se hace referencia.