A partir de hoy también podrán pedir cita para la primera dosis de la vacunación COVID los menores de 6 y 7 años a través de Salud Responde entre otros
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha abierto la autocita para la dosis de recuerdo de la vacunación COVID a las personas nacidas en 1964 y 1965 (57 y 56 años).
Además, hoy se abrirá la autocita para los menores nacidos en 2014 y 2015 (es decir, niños y niñas de 6 y 7 años) y, a partir de mañana miércoles, estarán disponibles las agendas para petición de cita previa a las personas nacidas en los años 1966 y 1967 (55 y 54 años).
La petición de cita para la vacunación COVID puede realizarse a través de los canales habituales: la web del SAS mediante ClicSalud+, la aplicación móvil y el teléfono de Salud Responde (955 54 50 60) y también en su centro de salud, preferiblemente por teléfono. Sólo las personas mayores de 60 años pueden acudir a puntos sin cita.
Toda la información sobre vacunación COVID se encuentra disponible en la página web.
Reunión del Comité de Expertos
Por otro lado, se modifica las actuaciones en el seguimiento y rastreo de los casos COVID poniendo el foco en los más vulnerables a propuesta del Comité Regional de Alto Impacto de Salud Pública reunido ayer.
Además, se solicitará la prórroga del uso del certificado COVID en residencias, hospitales, restauración y ocio nocturno hasta el 31 de enero.
En casos de sospecha sin test de autodiagnóstico se deberá guardar aislamiento y avisar a los contactos estrechos. En estos casos se priorizará la realización de PDIA para confirmación de casos sospechosos en aquellos con sintomatología más grave, personas con mayor vulnerabilidad.
En los casos de sospecha con test de autodiagnóstico, la persona deberá comunicarlo al Servicio Sanitario Público, preferiblemente a través de la aplicación Salud Responde, además de iniciar medidas de aislamiento y control. Se realizará PDIA en aquellos casos seleccionados en los que se precise.
Sobre las actuaciones en casos confirmados, en los casos asintomáticos o sintomáticos leves y sin factores de riesgo, se indicará aislamiento domiciliario y no se realizará seguimiento clínico activo. Mientras que en casos sintomáticos o de personas vulnerables se indicará aislamiento domiciliario y se realizará un seguimiento clínico activo.
Se establece un periodo mínimo de 7 días para el aislamiento de los casos confirmados, si en el momento de finalización de este periodo la persona está asintomática y han transcurrido al menos tres días tras la resolución de los síntomas.
Para aquellas personas con enfermedad grave o inmunosupresión se mantiene el periodo de aislamiento mínimo de 21 días. Para el personal que trabaja en centros sanitarios o sociosanitarios se realizará un test de antígeno el día 7 antes de su reincorporación a su puesto de trabajo.
En cuanto al estudio de los contactos estrechos se priorizará en aquellos ámbitos en los que la exposición se considere de alto riesgo, dando preferencia a la petición de prueba PDIA en aquellos contactos estrechos con mayor riesgo de infección o de presentar cuadros graves y especialmente en personas vulnerables y personas que les atienden, y personal sanitario y sociosanitario.
Del mismo modo, no se realizará seguimiento telefónico de los contactos estrechos que están en cuarentena, pero sí se les dará las indicaciones pertinentes en caso de aparición de síntomas, salvo en aquellos ámbitos en los que se identifique una mayor vulnerabilidad. Tampoco se realizará seguimiento de contactos estrechos ocurridos en ningún medio de transporte colectivo, salvo que se tenga constancia de un brote.
De forma general, en el ámbito educativo (especialmente de Infantil y Primaria) y universitario no será necesario hacer cuarentenas de aulas completas. Ante la aparición de un brote, los profesionales de Epidemiología de Atención Primaria determinarán las actuaciones pertinentes en función de la situación concreta, en coordinación con la enfermera referente escolar o con la persona referente del ámbito universitario, en su caso.
El Comité de Alertas ha aprobado también una serie de recomendaciones para los contactos estrechos según su estado de inmunización. De este modo, a los contactos estrechos con pauta de vacunación completa se indicará que realicen únicamente actividades esenciales y reduzcan todo lo posible sus interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla quirúrgica durante los 10 días posteriores a la última exposición. Deben vigilar la aparición de síntomas. Los contactos estrechos no vacunados o con pauta de vacunación incompleta se someterán a cuarentena de 7 días de duración posteriores al último contacto con un caso confirmado. Extremarán las precauciones hasta los 10 días, reduciendo todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla.
A todos los contactos estrechos de un caso confirmado de COVID-19, con independencia de su estado de inmunización, se les recomienda la utilización de mascarilla quirúrgica, vigilar su estado de salud y ante la aparición de cualquier síntoma avisar al sistema sanitario, realizar lavado de manos frecuente, evitar la toma de antitérmicos durante el periodo de vigilancia y ventilar adecuadamente los espacios cerrados o de uso frecuente.
Además, se insta a los casos confirmados a informar a sus contactos estrechos de que son contactos, por lo que durante los 10 días posteriores al último contacto se deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla. Especialmente se debe evitar el contacto con personas vulnerables y seguir siendo cuidadosos en los días posteriores. Además, deberán ponerse en contacto con la administración sanitaria en caso de aparición de síntomas.
Finalmente, el Comité de Alertas ha aprobado también solicitar al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que prorrogue hasta el 31 de enero la petición de certificado COVID en hospitales, residencias, hostelería y ocio nocturno. Así como prorrogar las medidas de los niveles 1 y 2 hasta al 31 de enero.