Prórroga del Pasaporte COVID hasta el 31 de enero

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Pasaporte COVID

El Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la propuesta de prórroga y será obligatorio el Pasaporte COVID para hostelería, hospitales y residencias

La Junta de Andalucía prorrogará la posibilidad de exigir el Pasaporte COVID de vacunación, de recuperación o de prueba negativa -PCR en 72 horas o test de antígenos en 48 horas realizado por centro autorizado– tanto para aquellas personas que accedan a establecimientos de hostelería y ocio nocturno como para visitas a hospitales y residencias de mayores.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado y ha otorgado la autorización tras la solicitud del Gobierno autonómico. 

Según la Orden de la Consejería de Salud y Familias, la exigencia del Pasaporte COVID o prueba diagnóstica en personas usuarias que acuden a estos establecimientos facilita la prevención de infecciones y, en consecuencia, puede evitar la aparición de brotes en los mismas. 

«Las personas sin inmunidad tienen mayor probabilidad de infectarse y de ser transmisores con mayor carga viral que las personas con inmunidad, lo que justifica que se evite el acceso de éstas a los lugares considerados de alto riesgo de exposición», asegura la Junta de Andalucía en un comunicado.

Pasaporte COVID para acceder al interior

La norma establece que las personas usuarias mayores de 12 años podrán acceder al espacio interior de estos lugares cuando acrediten la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias: que recibieron la pauta completa de una vacuna contra el COVID para la cual se concedió una autorización de comercialización, de conformidad con el Reglamento (CE) 726/2004; que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos; o las personas que se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses. 

Para ello, la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado de COVID-19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, no siendo válido otro tipo de test.

Del mismo modo, para acceder a estos establecimientos será imprescindible que las personas usuarias acrediten documentalmente tanto su identidad, como de la concurrencia de cualquiera de las tres circunstancias previstas en el mismo, aportando el Pasaporte COVID.

Instrucciones en centros residenciales

Por su parte, la Consejería de Salud y Familias, a través de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, ha elaborado una instrucción dirigida a los 1.107 centros residenciales sociosanitarios que hay en Andalucía ante la alta transmisión comunitaria del COVID en las últimas semanas, recordando las indicaciones de actuación con los residentes y trabajadores de dichos centros.

En primer lugar, es imprescindible el cumplimiento de las medidas de protección y prevención no farmacológicas ya conocidas, especialmente el uso de mascarillas en todo momento, la higiene frecuente de manos, mantenimiento de la distancia física y ventilación de los espacios cerrados. Además, se recomienda que tanto residentes como trabajadores eviten las aglomeraciones o alta concentración de personas y las actividades externas que supongan un mayor riesgo de infección.

En cuanto a las visitas y salidas de los residentes, como norma general, se deben mantener sin restricciones, evitando la cuarentena y el aislamiento no justificado de estas personas, y preservar, en todo momento, la salud mental, cognitiva y social de los residentes.