Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones europeas

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solicitud de voto por correo

Las elecciones al Parlamento Europeo se celebrarán el 9 de junio y hasta el día 30 de mayo se puede realizar la solicitud de voto por correo

Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones al Parlamento Europeo que se celebrarán en España el domingo, 9 de junio de 2024, de acuerdo con la convocatoria publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 30 de mayo (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente. 

La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Solicitud de voto por correo telemática

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).

Solicitud de voto en oficinas

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el original del DNI, pasaporte, carnet de conducir o Tarjeta de Residencia (en el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que la posean).

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 20 de mayo de 2024, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo. 

Se recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual.

El plazo de depósito del voto por correo para las elecciones al Parlamento Europeo finalizará el 5 de junio de 2024.